martes, febrero 23, 2010

Marco legal de Seguridad de la Información en Colombia


Siempre que se desea implementar un Sistema de Gestión, toda organización debe obligatoriamente cumplir con todas las leyes, normas, decretos, etc que sean aplicables en el desarrollo de sus actividades. De manera general puedo mencionar el tema de seguridad social, cumplir con la Cámara de Comercio, permisos, licencias de construcción, etc, etc; pero en lo que se refiere específicamente a Seguridad de la Información, estas son las Leyes vigentes al día de hoy:

Derechos de Autor

Propiedad Industrial

Propiedad Intelectual

Comercio Electrónico y Firmas Digitales


Para finalizar, el 5 de Enero de 2009 se decreto la Ley 1273 de 2009, la cual añade dos nuevos capítulos al Código Penal Colombiano:
  1. Capitulo Primero: De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos;
  2. Capitulo Segundo: De los atentados informáticos y otras infracciones.
Como se puede ver en el primer capitulo, esta Ley esta muy ligada a la ISO27000, lo cual coloca al País a la vanguardia en legislación de seguridad de la información, abriendo así la posibilidad de nuevas entradas con este tema.




ACTUALIZACIÓN AGOSTO 2013

LEY 603 DE 2000

Esta ley se refiere a la protección de los derechos de autor en Colombia. Recuerde: el software es un activo, además está protegido por el Derecho de Autor y la Ley 603 de 2000 obliga a las empresas a declarar si los problemas de software son o no legales. Ver esta ley.



LEY ESTATUTARIA 1266 DEL 31 DE DICIEMBRE DE 2008

Por la cual se dictan las disposiciones generales del Hábeas Data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones. Ver esta ley.

LEY 1273 DEL 5 DE ENERO DE 2009

Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones. Ver esta ley .

LEY 1341 DEL 30 DE JULIO DE 2009

Por la cual se definen los principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones -TIC-, se crea la Agencia Nacional del Espectro y se dictan otras disposiciones.


 LEY ESTATUTARIA 1581 DE 2012

Entró en vigencia la Ley 1581 del 17 de octubre 2012 de PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES, sancionada siguiendo los lineamientos establecidos por el Congreso de la República y la Sentencia C-748 de 2011 de la Corte Constitucional.

Como resultado de la sanción de la anunciada ley toda entidad pública o privada, cuenta con un plazo de seis meses para crear sus propias políticas internas de manejo de datos personales, establecer procedimientos adecuados para la atención de peticiones, quejas y reclamos, así como ajustar todos los procesos, contratos y autorizaciones a las disposiciones de la nueva norma.

Aspectos claves de la normatividad:

  1. Cualquier ciudadano tendrá la posibilidad de acceder a su información personal y solicitar la supresión o corrección de la misma frente a toda base de datos en que se encuentre registrado.
  2. Establece los principios que deben ser obligatoriamente observados por quienes hagan uso, de alguna manera realicen el tratamiento o mantengan una base de datos con información personal, cualquiera que sea su finalidad.
  3. Aclara la diferencia entre clases de datos personales construyendo las bases para la instauración de los diversos grados de protección que deben presentar si son públicos o privados, así como las finalidades permitidas para su utilización.
  4. Crea una especial protección a los datos de menores de edad.
  5. Establece los lineamientos para la cesión de datos entre entidades y los procesos de importación y exportación de información personal que se realicen en adelante.
  6. Define las obligaciones y responsabilidades que empresas de servicios tercerizados tales como Call y Contact Center, entidades de cobranza y, en general, todos aquellos que manejen datos personales por cuenta de un tercero, deben cumplir en adelante.
  7. Asigna la vigilancia y control de las bases de datos personales a la ya creada Superintendencia Delegada para la Protección de Datos Personales, de la Superintendencia de Industria y Comercio.
  8. Crea el Registro Nacional de Bases de Datos.
  9. Establece una serie de sanciones de carácter personal e institucional dirigidas a entidades y funcionarios responsables del cumplimiento de sus lineamientos.
DECRETO 1377 DE 2013


Protección de Datos, decreto por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1581 de 2012.

6 comentarios:

Fred Fraces dijo...

Gracias por su excelente articulo!
Estuve buscando esta informacion desde hace tiempo.

Saludos

Andres F, dijo...

Gracias por la valiosa tarea de consolidar la información y ojala lo motive a mantenerla actualizada

Unknown dijo...

Muy útil, justo lo que buscaba.

Unknown dijo...

Buenos dias.
Gracias por la información que me suministro, me ha sido muy útil

Unknown dijo...

Me podrias indicar cuales de estas, se debe implementara en una empresa privada que presta servicio publico escencial?
Te agradezco

Leonardo Camelo dijo...

Hola, ya hay una entrada actualizada de este tema el año pasado.